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La respuesta es sí, pero únicamente se pueden matricular las carretillas elevadoras nuevas.

La carretilla elevadora es un vehículo especial que circula por debajo de 25 km/h y no necesita pasar ITV peródicas. Por lo tanto, se deberá pasar una única vez.

El límite de velocidad máximo en exteriores debería ser de 20 km/h, mientras que en interiores no se debería superar la mitad, 10km/h.

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